Sociedad Cooperativa Portada Emprende
CAPITULO
I
DENOMINACIÓN,
OBJETO, DOMICILIO, DURACIÓN Y ÁMBITO
TERRITORIAL
Artículo
1.- Denominación.
Con la denominación
de Portada Emprende se constituye en la localidad de Málaga
provincia de Málaga, una Sociedad Cooperativa que se regirá por
este estatuto.
Artículo
2.- Objeto
Social.
El objeto social de
la entidad será organizar actividades de compra venta, elaborar
productos artesanales, organizar espectáculos y concursos, prestar
servicios diversos en el que implicarán los socios su personal
trabajo.
Artículo
3.- Domicilio.
La cooperativa fija
su domicilio el Instituto Portada Alta en calle Cómpeta sin número
, Málaga.
Artículo
4.-
Ámbito
Territorial.
El ámbito de actuación de la cooperativa será el territorio de
Málaga
Artículo
5.- Duración.
La sociedad se constituye para
el curso escolar 2016-2017
Artículo
6.-
Requisitos de los socios.
1.- Podrán ser
socios de la cooperativa todos los alumnos y profesores que en el
presente curso estén en el Instituto Portada Alta y que se
comprometan a desempeñar su trabajo en la cooperativa con
responsabilidad.
Artículo 7.-
Admisión.
1.- Para ingresar en la
cooperativa será suficiente comunicarlo al coordinador del programa
de Cultura Emprendedora del centro.
Artículo
8.-
Obligaciones de los socios.
Los socios tendrán las
siguientes obligaciones:
- Asistir a las reuniones de la Asamblea General y demás órganos de la cooperativa a las que fuesen convocados.
- Cumplir lo regulado en estos estatutos,
- Participar en las actividades de formación e intercooperación de la entidad.
Artículo
9- Régimen
disciplinario.
1. Son faltas leves:
- La falta de respeto y consideración para con otro/s socio/s de la entidad
- La falta de asistencia no justificada a los actos sociales a los que fuese convocado
2. Son faltas graves:
- Los malos tratos de palabra u obra a otro socio, empleado o terceros,
- No participar en la actividad de la cooperativa en la forma debida
3.
Sanciones:
Las sanciones a imponer en cada caso son las siguientes:
- Para las FALTAS LEVES: amonestación verbal o por escrito
- Para las FALTAS GRAVES: la exclusión del socio.
Artículo 10.-
Causas de baja del socio.
- Baja voluntaria:
El
socio podrá darse de baja voluntariamente de la cooperativa en
cualquier momento
CAPÍTULO
III
Artículo
11 .- Organización
Laboral.
1.
Los socios de la cooperativa bajo la supervisión de un profesor
organizarán actividades para participar en alguno de los siguientes
eventos: Mercadillos Solidarios que se celebren en el centro,
actividades para la Semana Cultural o la Semana de Igualdad,
actividades para participar en la Feria del Emprendimiento.
2. Cada profesor participante
organizará con los alumnos que lo hayan solicitado una actividad que
funcionará de forma autónoma con su propia marca y su propia
organización.
Artículo
12.- Órganos
Sociales.
Los órganos
sociales de la cooperativa son la Asamblea General, y el
Administrador
Artículo
13.- La
Asamblea General
1.- Los acuerdos de
la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de los votos
válidamente emitidos
Artículo
14.- El
Administrador
El Administrador
es el órgano de gobierno, gestión y representación de la sociedad
cooperativa.
CAPÍTULO V
RÉGIMEN
ECONÓMICO
Artículo
15.- Capital
Social.
1- El capital social mínimo asciende a
40 euros,
2-
Cada profesor que coordine una actividad autónoma podrá pedir a
los socios que participan en ella una aportación adicional que el
socio recuperará cuando finalice la actividad.
Artículo
16.- Reembolso.
1.- Si se pierde
la condición de socio se reembolsará el capital aportado por el
socio.
Artículo
17.- Aplicación
de los Excedentes.
1.- El destino de los
excedentes o resultados cooperativos se acordará, para cada
actividad autónoma, por los socios participantes en la misma.
2.-
En todo caso un 10 por ciento de los excedentes, se destinarán a
una O.N.G.
3.- Los excedentes que resulten tras la
dotación de los fondos anteriores, se aplicarán a retornos
cooperativos.
Artículo
18.- Disolución
y Liquidación.
- La cooperativa se disolverá el 1 de Junio de 2016